El proceso de creación de Capilla de Guadalupe como municipio 126 del Estado de Jalisco, quedó cerrado. El controvertido proceso de creación del municipio 126 del Estado de Jalisco, que tendría cabecera en la población de Capilla de Guadalupe, en la Región de Los Altos, parece haber quedado definitivamente cerrado luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentenció la invalidez del decreto 21,383 del 29 de julio de 2006, mediante el cual el Congreso del Estado decretó la creación de este municipio.
La problemática se remonta hasta el 6 marzo de 2004, cuando por primera vez, el Poder Legislativo de Jalisco había determinado la configuración de este nuevo municipio, hecho que fue impugnado por el Ayuntamiento de Tepatitlán, municipio del que se desprenden territorio y habitantes para la creación de Capilla de Guadalupe.
Sin embargo, ahora la Suprema Corte de Justicia resolvió una controversia constitucional que promovió otro municipio alteño: San Miguel el Alto, cuyas autoridades argumentaron que la aparición de Capilla de Guadalupe, como estaba determinado en el decreto del Congreso local, afectaba su territorio y población.
“El municipio de San Miguel el Alto considera que por virtud del decreto 21,383 reclamado, se le pretende segregar de aproximadamente 91 kilómetros cuadrados que formarían parte del nuevo municipio, además de incomunicar o aislar más de tres kilómetros cuadrados”, señala el documento que fue sometido a consideración de los ministros de la Suprema Corte, en una ponencia que corrió a cargo de la ministra Margarita Luna Ramos.
Con esta determinación, que puso también en tela de juicio la facultad del Poder Legislativo de Jalisco para crear o extinguir municipios, Capilla de Guadalupe entra en un estancamiento aparentemente definitivo.
Sin embargo, el máximo tribunal del país dejó una puerta abierta para quienes impulsan la creación del municipio 126, pues si bien el actual procedimiento queda definitivamente invalidado en la controversia constitucional, el Ayuntamiento de San Miguel el Alto también pidió a la Suprema Corte determinar que los diputados jaliscienses no pueden decidir la erección de nuevos municipios, pero los ministros votaron en contra de ello.
Así, específicamente validaron la reforma del 16 de diciembre de 2003, que modificó el artículo cuarto de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, que en su fracción sexta dispone: “Siempre que se constituya un nuevo municipio, se debe cuidar que el o los municipios que resulten afectados, sigan reuniendo los requisitos mínimos que establece este ordenamiento. El Congreso del Estado puede declarar la extinción, o la fusión de los municipios, cuando no alcancen la población requerida, modificando para ello, los límites de los municipios existentes, y concediendo previamente el derecho de audiencia y defensa a los ayuntamientos de que se trate”.
De esta manera, los habitantes de Capilla de Guadalupe que empujan el municipio 126, podrían alcanzar su propósito si repiten el procedimiento.
2 Comentarios
primeramente quiero hacer una observaciones sobre este articulo, el cual es una copia exacta del periódico el informador (como dirían en la escuela, el famoso copy , page) que apareció el día 12 de marzo del 2009, lo que nos indica el nivel periodístico que los destaca, segundo: señores por favor ustedes están como los niños que les copian al de al lado, porque? simplemente porque el articulo está mal redactado, en el tema y en los primeros renglones dice que está totalmente cerrado el caso de la creación del municipio, pero o sorpresa la que nos llevamos en los renglones finales del artículo, dice que tienen la puerta abierta los ciudadanos de capilla de Guadalupe para poder formar su municipio, NO ES ESTA UNA GRANCIDIMA CONTRADICCION EN EL MISMO ARTICULO? es que si si pero no? quien les entiende chihuahua.
ResponderBorrarPor favor señores si van a publicar un artículo y lo piensan PLAGIAR (copiar), háganlo con seriedad y raciocinio, si le van a copiar al de al lado, por favor no le copien también el nombre y apellido porque los puede cachar el profesor si hay dos examenes de un mismo alunmo, no creen?
Cállate pues, "GRANDICIMO" cabr...
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