Castigarán en Nuevo León al que abandone a una embarazada

El Congreso de Nuevo León aprobó reformas al Código Penal del Estado, para fijar sanciones a los hombres que abandonen a sus parejas durante el embarazo.


La reforma señala que cuando se acredite la paternidad ante la autoridad competente, las y los niños tienen el derecho a ser educados emocionalmente, a la manutención, a tener un nombre con la documentación legal que identifique a ambos padres, a los servicio médicos, y hereditarios, entre otros.


A través de un comunicado, el Congreso local informó que el espíritu de la reforma es que a las mujeres embarazadas les asiste el derecho en cuanto a la protección al hijo que está por nacer, cuando no provenga de un matrimonio o de un concubinato, esto siempre y cuando la mujer embarazada que busque la protección del estado cuente con el poder coercitivo del Estado.


Con esta modificación a la ley los hombres que abandonen a su pareja durante la gestación podrían ser sancionados hasta con seis años de prisión y una multa.


“ARTÍCULO 280.- Al que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de ciento ochenta a trescientas sesenta cuotas; pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o de alimentos que pudiere tener sobre el acreedor alimentario; y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado”, se lee en el comunicado. (Noticieros Televisa)

Publicar un comentario

0 Comentarios